Ejercer el derecho al voto no sólo te hace participe de la toma de decisiones en tú municipio, ciudad o región, sino que además puedes sacarle provecho.
El voto es un derecho pero también un deber ciudadano, cuando ejerces este derecho eliges a alguien que representa tus convicciones y escoges a quién consideras trabajará por cubrir las necesidades de tú municipio, ciudad y departamento.
Los ciudadanos que participan de la jornada electoral tienen incentivos o beneficios de los que pueden hacer uso con el certificado electoral, éste se creó en 1997 con el fin de contar con una acreditación que respalde el voto.
BENEFICIOS POR VOTAR
La ley 403 de 1997 establece los beneficios de los que gozarán los ciudadanos que participan en las elecciones:
- Tendrá derecho a ser preferido en caso de igualdad de puntaje en los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
- Si votaste, tendrás un mes de rebaja en la prestación del servicio militar en soldados bachilleres o auxiliares de policía bachiller. Será de 2 meses cuando se trate de soldados campesinos o soldados regulares.
- Si está concursando por un trabajo en el Estado y su puntaje es igual al de otra persona que no votó, usted deberá ser elegido.
- En convocatorias de adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, usted debe ser prioridad.
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DESCUENTOS POR VOTAR
- Descuento del 10% en el valor del pasaporte que solicite durante los cuatro (4) años siguientes a la votación.
- Descuento del 10% en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar.
- Descuento del 10% por duplicados de la cédula de ciudadanía del segundo duplicado en adelante.
- Descuento del 10% en el costo de la matrícula en las instituciones oficiales de educación superior
DESCUENTOS POR VOTAR EN EL EXTERIOR
Los colombianos que ejerzan el derecho al sufragio en el exterior tendrán los siguientes incentivos especiales:
- Descuento del 10% en el valor de cualquier servicio consular, incluida la expedición del pasaporte.
- Descuento del 30% en el impuesto de salida del país cuando el ciudadano lo visite por un término máximo de cuarenta y cinco (45) días.
COMPENSATORIO
El ciudadano tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector.
El compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador.
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